TecnologĂ­a

Derechos reconocidos por la declaraciĂłn


Derecho. Acceder en condiciones de igualdad a las tecnologías apropiadas. 

FunciĂłn de la Entidad

Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)

12. Financiar y contratar la ejecuciĂłn de los programas de investigaciĂłn de transferencia y tecnologĂ­a que sean aprobados por el Consejo Directivo del ICA para cumplir el Plan Nacional de InvestigaciĂłn y Transferencia de TecnologĂ­a Agropecuaria adoptado por el Consejo del Programa Nacional de Ciencia y TecnologĂ­a Agropecuarias, o asociarse para el mismo fin.

13. Propiciar los convenios de cooperación técnica nacional e internacional en las áreas de investigación y transferencia de tecnología y de protección a la producción agropecuaria.

Norma Nacional: Decreto 4765 de 2008 art 6



Ministerio de TecnologĂ­as de la InformaciĂłn y las Comunicaciones - DirecciĂłn de Infraestructura

1. Formular, estructurar, implementar y ejecutar proyectos de inversión y soluciones de acceso y servicio universal a las tecnologías de la información y las comunicaciones del País, con prioridad en los segmentos de población pobre y vulnerable, así como en las zonas rurales, apartadas y zonas geográficamente aisladas, de conformidad con las políticas que defina para el efecto el Gobierno Nacional.

2. Identificar las necesidades de acceso a servicios y tecnologías de comunicaciones de las comunidades, especialmente de las zonas rurales, apartadas y zonas geográficamente aisladas.

4. Formular, ejecutar y hacer seguimiento a las estrategias que fomenten la demanda y uso de la conectividad en telecomunicaciones de la poblaciĂłn pobre, vulnerable, en las zonas rurales y apartadas, cumpliendo criterios de accesibilidad, asequibilidad y efectividad.

6. Promover el acceso y el uso social y productivo a las TIC en las zonas rurales, apartadas y zonas geográficamente aisladas

Norma Nacional: Decreto 1064 de 2020 art 14
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