Desarrollo

Derechos reconocidos por la declaración

Derecho 1. Definir  y  desarrollar  prioridades  y  estrategias  para  ejercer  su  derecho  al desarrollo. Art. 3.2

Derecho 2. Participar,  en  condiciones   de  igualdad   y  de   manera  efectiva,  en  la formulación y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles Art. 4.2.a)

Función de la Entidad

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

2. Formular políticas, planes, programas y proyectos agropecuarios, pesqueros y de desarrollo rural, fortaleciendo los procesos de participación ciudadana y planificación del territorio, bajo los lineamientos de la política macroeconómica.

Norma Nacional: Decreto 1985 de 2013 art 3




Agencia de Desarrollo Rural (ADR)

18. Apoyar el proceso de formalización de organizaciones sociales, comunitarias y productivas rurales, entre otras, para facilitar su participación en los procesos de planeación y ejecución de planes de desarrollo rural con enfoque territorial.

19. Propiciar mecanismos de veeduría y participación ciudadana para ejercer control social sobre los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural.

Norma Nacional: Decreto 2364 de 2015 art 4
DNP - organos de planeación a nivel departamental y municipal


Artículo 9°.Consejo Nacional de Planeación. El Consejo Nacional de Planeación será convocado por el Gobierno a conformarse una vez el Presidente haya tomado posesión de su cargo, y estará integrado por aquellas personas designadas por el Presidente de la República, de listas que le presenten las correspondientes autoridades y organizaciones, así:
(...)
3. Cuatro en representación de los sectores sociales, escogidos de ternas que elaborarán y presentarán las organizaciones jurídicamente reconocidas que agremien o asocien a los profesionales, campesinos, empleados, obreros, trabajadores independientes e informales.

Ley 152 de 1994
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