Derechos reconocidos por la declaración
Derecho 1. Participar en todas las actividades comunitarias. Art. 4.2.f)
Derecho 2. Participar activa y libremente, ya sea directamente o por conducto de sus organizaciones representativas, en la preparación y aplicación de las políticas, los programas y los proyectos que puedan afectar a su vida, su tierra y sus medios de subsistencia. Art. 10.1
Obligación Según La Declaración
Promover la participacion de campesinos en procesos de toma de decisiones que puedan afectar a su vida, su tierra y sus medios de subsistencia
Promoverán la participación de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales, directamente o por conducto de sus organizaciones representativas, en los procesos de toma de decisiones que puedan afectar a su vida, su tierra y sus medios de subsistencia, para lo cual respetarán la fundación y el desarrollo de organizaciones enérgicas e independientes de campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales y promoverán su participación en la preparación y aplicación de las normas en materia de seguridad alimentaria, trabajo y medio ambiente que puedan concernirles.
Art 10.2
Función de la Entidad
Ministerio del Interior - Grupo de Asuntos Campesinos

2. Promover y establecer instancias de participación de la población campesina a través de los mecanismos de participación de la Dirección correspondiente.
3. Coordinar interinstitucionalmente la realización de los espacios de participación para la población campesina, previstas por el legislador nacional.
4. Velar por el diseño y ejecución de programas y proyectos de fortalecimiento de los procesos organizacionales de la población campesina a través de las entidades competentes en la materia.
7. Coordinar interinstitucionalmente las sesiones de los espacios de diálogo, concertación e Interlocución con las diferentes estructuras organizativas de los sectores campesinos de la población objeto del Ministerio del Interior.
8. Promover el diálogo y fórmulas de arreglo amistoso en la resolución de conflictos
de importancia nacional que involucre a la población campesina.
Norma Nacional: Resolución 0727 de junio 25 de 2020
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

20. Contribuir al desarrollo de las asociaciones campesinas y las organizaciones gremiales agropecuarias, así como la cooperación entre estas y las entidades del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
Norma Nacional: Decreto 1985 de 2013 art 3