Derechos reconocidos por la declaración
Derecho. Disfrutar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales que se reconocen en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y todos los demás instrumentos internacionales de derechos humanos, sin ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos por motivos de origen, nacionalidad, raza, color, linaje, sexo, idioma, cultura, estado civil, patrimonio, discapacidad, edad, opinión polÃtica o de otra Ãndole, religión, nacimiento o situación económica, social o de otro tipo. Art. 3.1
Obligación Según La Declaración
Eliminar condiciones que originan discriminación de campesinos y otras personas que trabajan en zonas rurales
Eliminar las condiciones que originan la discriminación de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales o contribuyen a perpetuarla, incluidas las formas múltiples y entrecruzadas de discriminación.
Art 3.3
Eliminar y prohibir todas las formas de discriminación en relación con el derecho a la tierra
Eliminar y prohibir todas las formas de discriminación en relación con el derecho a la tierra, incluidas las motivadas por un cambio de estado civil o por la falta de capacidad jurÃdica o de acceso a los recursos económicos.
Art 17.2
Eliminar y prohibir todas las formas de discriminación en relación con el derecho a la tierra
Erradicar todas las formas de discriminación de las campesinas y otras mujeres que trabajan en las zonas rurales y para promover su empoderamiento de manera que puedan disfrutar plenamente, en pie de igualdad con los hombres, de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales y obrar por el desarrollo económico, social, polÃtico y cultural del ámbito rural, participar en él y aprovecharlo con total libertad.
Art 4.1
Entidades competentes:
Función de la Entidad
Ministerio de Igualdad y Equidad

Para desarrollar su objeto, el Ministerio de Igualdad y Equidad, en todo el paÃs con énfasis en los territorios excluidos y marginados, protegerá los derechos, con enfoque de género, transversal, focalizado y de empoderamiento de las mujeres y las niñas, diferencial e interseccional, de los sujetos de especial protección constitucional, entre otros:
Ley 2281 de 2023, art 5 num 4